Serán cometidos de dicha Comisión:
a) el estudio de las normas contables adecuadas a las que se ajustarán los
estados contables de las sociedades comerciales. Para dicho estudio se
tendrán en cuenta los pronunciamientos de la Comisión de Normas
Internacionales de Contabilidad, a los efectos de mantener una adecuada
armonización de las normas que se emitan con la práctica internacional;
b) la elaboración de proyectos de reglamentación sobre normas contables
adecuadas y sobre el empleo de todos los medios técnicos disponibles en
reemplazo o complemento de los libros obligatorios impuestos a los
comerciantes;
c) la emisión de ejemplos de aplicación y todo otro tipo de material que
tienda a facilitar la divulgación y mejor comprensión de las normas
contables adecuadas.