Autorízase a la empresa MARYSTAY S.A. a usufructuar el beneficio previsto
en el artículo 3º inciso a. del Decreto N° 175/003, otorgamiento de un
crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en la adquisición en
plaza de bienes y servicios destinados a la Construcción (infraestructura
y obra civil), por hasta un monto imponible de UI 7.594.152. Dicho crédito
se hará efectivo mediante el mismo procedimiento que rige para los
exportadores.