Fecha de Publicación: 21/10/2004
Página: 96-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 29/10/2004.

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 En garantía de las obligaciones que contrae la empresa explotadora con 
motivo de la presente autorización, Botnia Fray Bentos S.A. deberá 
constituir y mantener en depósito en el Banco de la República Oriental 
del Uruguay y a la orden de la Dirección General de Comercio del 
Ministerio de Economía y Finanzas, valores públicos por una suma 
equivalente al 60% del canon correspondiente al ejercicio anual inmediato 
anterior. Dentro del término de 90 días contados desde la presente 
Resolución Botnia Fray Bentos S.A. deberá depositar valores públicos por 
U$S 18.000,00 (dieciocho mil dólares de los Estados Unidos de América), 
monto que se ajustará al determinarse la cuantía a que asciende el canon 
conforme a lo establecido en el numeral precedente. El ajuste de la 
garantía se hará dentro del término de 90 días de finalizado cada 
ejercicio anual.-
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