Fecha de Publicación: 26/11/1998
Página: 999-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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Otórgase a la empresa HIPERTEX S.A., la exoneración prevista en el art.
1o. del Decreto No. 15.548, con la redacción dada por el art. 419 de la
Ley No. 15.903, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de
U$S 355.227, que será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos
entre el 1o./10/98 y el 30/09/2000.
 En virtud del art. 3o. del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento de
la ampliación del proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del
ahorro previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9o.
 La empresa HIPERTEX S.A., tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1o. del presente numeral, hasta el día
30/09/2001.
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