Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-
SANGUINETTI, JUAN LUIS STORACE, LUIS MOSCA, LUCIO CACERES.
RESOLUCION Nº 69/999
DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Montevideo, 03 de febrero de 1999
VISTO: La solicitud de la Empresa AEROLINEAS ARGENTINAS de que sean
aprobadas tarifas desde Montevideo (República Oriental del Uruguay) a las
ciudades de Miami y Nueva York con pago anticipado (APEX) de excursión en
clase económica que se detallan en la parte resolutiva.
CONSIDERANDO: Que la puesta en vigencia de las tarifas deben constituir
un hecho inmediato para lograr los fines que se propone por lo que
corresponde aplicar el artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº
1124 de fecha 04 de junio de 1941.
ATENTO: A los informado por la Dirección Transporte Aéreo Comercial y
Asesoría Letrada.
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
1.- APRUEBASE en los términos del artículo 2º de la reglamentación
aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124 de fecha 04 de junio
de 1941, las siguientes tarifas:
TARIFA DE EXCURSION CON PAGO ANTICIPADO (APEX)
DESDE MONTEVIDEO A MIAMI/NUEVA YORK
Sujeta a las condiciones de la Resolución Estándar Nº 100, excepto como
sigue:
1) APLICACION
A) Tarifas especiales de excursión con pago anticipado (APEX) en clase
económica para viajes de ida y vuelta, circulares, angulares de
retorno, desde Montevideo a Miami/Nueva York.
3) TARIFAS
DESDE MONTEVIDEO A:
MIAMI (diurno) SAP1M USD 579.-
MIAMI/NUEVA YORK (nocturno): Lunes a Miércoles SXAP1M USD 679.-
Jueves a domingo SWAP1M USD 729.-
4) TARIFA PARA NIÑOS E INFANTES
A) 1) Niños pagan la tarifa de adultos.
2) Infantes 10% de la tarifa de adulto aplicable
6) PERIODO DE APLICACION
A) desde el 3 de febrero de 1999 al 31 de mayo de 1999.
Todo el viaje deberá estar completado al 30 de junio de 1999.
7) ESTADIA MINIMA
3 Días
9) ESTADIA MAXIMA
1 Mes
10) EXTENSION VALIDEZ
A) No se permite por razones medicas
11) PARADAS ESTANCIA
No se permiten
12) RUTA
En servicios de AR y otros transportadores con derecho de operación en
estas rutas.
14) CONSTRUCCION Y COMBINACIONES
La mitad de la tarifa de Código SAP1M podrá combinarse con la mitad de las
tarifas SXAP1M y SWAP1M.-
16) RESERVAS
A) 1) Deberán realizarse hasta 3 días antes de la partida
2) Deberán ser confirmadas para la totalidad del viaje
3) Clase de reserva para AR: S
17) PAGO
A) Deberá completarse dentro de las 48 horas de efectuadas las
reservas
18) EMISION
A) 1) Deberá completarse dentro de las 48 horas de efectuadas las
reservas
2) Los billetes deben tener reserva confirmada por la totalidad del
viaje.
3) Los billetes y cualquier reemisión subsiguiente deberán llevar
la leyenda NONREF/APEX
19) REINTEGRO POR CANCELACION Y NO PRESENTACION
A) 1) Por cancelación:
I) Hasta 72 horas antes de la partida; reintegrar la tarifa
abonada menos USD 100
II) Después de la partida; no corresponde reintegro
III) El monto no reembolsable podrá utilizarse como crédito para
el pago de cualquier tarifa más alta.- El monto original no
reembolsable continúa bajo tal condición. El nuevo billete
cualquier emisión subsiguiente deberá llevar la leyenda
NONREF/APEX
2) Por no presentación: no corresponde reintegro
20) CAMBIO DE RESERVA Y CAMBIO DE RUTA
A) 1) Cambio de reserva:
I) Antes de la partida; se permite un solo cambio con un cargo
de USD 100
II) Después de la partida; no se permite.
2) Cambio de ruta: no se permite.
2.- Las siguientes tarifas son aplicables para AEROLINEAS ARGENTINAS y
otros transportadores con derecho de operación en las rutas solicitadas y
serán aplicables a partir del 03 de febrero de 1999 hasta el 31 de mayo
de 1999.
3.- Notifíquese, tomen conocimiento la Dirección Transporte Aéreo
Comercial y Asesoría Letrada.
POR EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL Y/P/S ORDEN
EL DIRECTOR DE TRANSPORTE AEREO COMERCIAL, DR. SERGIO PEREZ LAURO.