Fecha de Publicación: 05/11/1999
Página: 266-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

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 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI, JUAN LUIS STORACE, LUIS MOSCA, LUCIO CACERES.


                           RESOLUCION Nº 79/999
                   DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                         Montevideo, 17 de febrero de 1999

VISTO: La solicitud de la empresa LAN CHILE S.A. de que sea aprobada una
tarifa especial de excursión Superpex desde Montevideo (República
Oriental del Uruguay) a la ciudad de Lima (Perú) en clase económica que
se detallan en la parte resolutiva.

CONSIDERANDO: Que la puesta en vigencia de las tarifas deben constituir
un hecho inmediato para lograr los fines que se propone por lo que
corresponde aplicar el artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº
1124 de fecha 04 de junio de 1941.

ATENTO: A los informado por la Dirección Transporte Aéreo Comercial y
Asesoría Letrada.

                  EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                RESUELVE:

1.- APRUEBASE en los términos del artículo 2º de la reglamentación
aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124 de fecha 04 de junio
de 1941, la siguiente tarifa con sus condiciones de aplicación:

TARIFA SUPERPEX DESDE MONTEVIDEO A LIMA:

                  VALOR: USD 530.-

  BASE DE LA TARIFA: KPX45

                  RBD: K (para LA)

CONDICIONES DE APLICACION:

Sujeta a las condiciones de la Resolución Estándar de IATA Nº 100,
excepto como sigue:

1)  APLICACION
    A) Tarifa especial de excursión (PEX) en clase económica para
       viajes de ida y vuelta, circulares, angulares de retorno, desde
       Montevideo a Lima.

3)  PERIODOS DE APLICACION

    16FEB99 - 26JUN99 / 16JUL99 - 30NOV99

5)  RESERVA EMISION
    3) Los billetes y cualquier reemisión subsiguiente deberán
       llevar la leyenda "NONREF/APEX"

6)  ESTADIA MINIMA
    3 días.

7)  ESTADIA MAXIMA
    45 días.

8)  PARADAS ESTANCIA
    2 permitidas: 1 en SCL en cada dirección.

10) CONSTRUCCION Y COMBINACIONES
    A)2)   Construcciones permitidas con tarifas del mismo tipo.

15) RESTRICCIONES DE VENTA
    A) 1)  Ventas únicamente en Uruguay.
       2)  Extensión de la validez no se permite por razones medicas.

16) PENALIDAD
    A) 1)  Devolución por cancelación o no presentación a embarque:
           b) Después de la partida; no corresponde.
           c) El monto no reembolsable podrá utilizarse como
              crédito para el pago de cualquier tarifa más alta.- El monto
              original no reembolsable continúa bajo tal condición. El
              nuevo billete cualquier reemisión subsiguiente deberá llevar
              la leyenda "NONREF/APEX"

       2) Cambio de Ruta o de Reserva
          a)     Cambio de reserva: 1 cambio permitido a USD 50
          b)     Cambio de ruta: no permitido.

19) TARIFAS DE NIÑOS E INFANTES
    A)1)  Los niños pagarán el 67% de la tarifa aplicable de adulto

20) DECUENTO DE GUIA DE VIAJE
    Permitido.

21) DECUENTO DE AGENTE DE VIAJE
    No permitido

22) OTROS DESCUENTOS
    No permitidos.

2.- Esta tarifa es aplicable para LAN CHILE S.A. y otros transportadores
con derecho de operación en las ruta solicitada.

3.- Notifíquese, tomen conocimiento la Dirección Transporte Aéreo
Comercial y Asesoría Letrada. POR EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL
Y/P/S/ ORDEN EL DIRECTOR DE TRANSPORTE AEREO COMERCIAL, DR. SERGIO PEREZ
LAURO.
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