Fecha de Publicación: 18/10/1994
Página: 176-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE TURISMO

Resolución 997/994

Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, llamado a Licitación Pública Nº 1/994, para uso y explotación del Centro del Espectáculo de Punta del Este, departamento de Maldonado.
(2298)

Ministerio de Turismo

                                   Montevideo, 13 de setiembre de 1994

    Visto: La conveniencia de tomar medidas tendientes a la adecuada
explotación del Centro del Espectáculo de Punta del Este, en un contexto
de desarrollo turístico sostenido.

     Resultando: Que a tales efectos se dispondrá el llamado a Licitación
Pública para la concesión por el plazo de dos años del uso y explotación
de servicios en dicho Centro, con la finalidad de desarrollar eventos
artísticos, culturales, deportivos, técnicos y profesionales, así como,
la explotación de restaurantes o cafetería durante todo el año.

     Considerando: I) Que con tal fin resulta necesario aprobar el Pliego
de Bases y Condiciones Particulares anexo a la presente resolución que
regirá la Licitación respectiva.

     II) Que en virtud del inminente comienzo de la temporada estival y la
urgencia con que debe procederse a la adjudicación, el término de las
publicaciones se reducirá a diez días al amparo de lo dispuesto por el
artículo 47 del TOCAF. (D95/991).

     Atento: A lo expresado y a lo establecido por el Decreto 95/991 de 25
de febrero de 1991.

      El Presidente de la República

                            RESUELVE:

1

    Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares anexo a la
presente resolución y que regirá el Llamado a Licitación Pública Nº 
1/94. 

2

    Autorízase el Llamado a Licitación Pública para el uso y explotación
del Centro del Espectáculo de Punta del Este. 

3

    Establécese el precio del Pliego de Bases y Condiciones Particulares
en U$S 200 (dólares americanos doscientos). 

4

    Intégrase la Comisión Asesora de Adjudicaciones con el Sr. Sub
Secretario del Ministerio de Turismo, Dr. Daniel Cambón, que la presidirá
y los siguientes miembros: Dra. Sylvia Usher, Esc. Silvia Delgado, Arq.
Hugo Raffo, Cr. Ruber Mediza, Dra. Teresita Llavata y Sr. Roberto
Aramburu. 

5

    Establécese como fecha de apertura de las ofertas el día viernes 14 de
octubre de 1994 a la hora 15.  

6

    Comuníquese y pase al Ministerio de Turismo a sus efectos. LACALLE
HERRERA - MARIO AMESTOY.


                           ANEXO 

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA Nº 1/994, PARA EL USO Y EXPLOTACION DEL CENTRO DEL ESPECTACULO DE PUNTA DEL ESTE, CON EL FIN DE QUE SE DESARROLLEN EVENTOS ARTISTICOS, CULTURALES, DEPORTIVOS, TECNICOS Y PROFESIONALES Y LA EXPLOTACION DE RESTAURANTE O CAFETERIA.

   Apertura: Viernes 14 de octubre de 1994.

   Lugar: Salón de Actos del Ministerio de Turismo, Colonia 1013, Piso 4º.
Hora: 15:00

   1) Objeto: El Ministerio de Turismo llama a Licitación Pública para la concesión del uso y explotación de servicios en el inmueble de su propiedad denominado "CENTRO DEL ESPECTACULO", situado en la Parada 4 de
Punta del Este, Departamento de Maldonado, con la finalidad de 
desarrollar eventos artísticos, culturales, deportivos, técnicos y profesionales y la explotación de restaurante o cafetería durante todo 
el año. Queda expresamente prohibido destinar las salas e instalaciones 
a discoteca o similares, así como a eventos que puedan afectar la moral 
y las buenas costumbres a criterio del Ministerio de Turismo.

   2) PLAZO DE CONTRATACION: El plazo de la concesión será de dos años a contar desde la fecha de la celebración del contrato.

   3) REQUERIMIENTOS A CARGO DEL CONCESIONARIO:
   a) El concesionario estará obligado a mantener abierto el Centro del Espectáculo durante todo el año, asegurando una programación de eventos 
de interés general, durante todo el plazo de la concesión, lo que deberá
explicitar en su oferta de la forma más precisa posible, agregando un 
Plan de Eventos y Espectáculos, a los efectos de su consideración al momento de seleccionar la oferta más conveniente. Especialmente, se deberá
asegurar en baja temporada, pre y post temporada, la existencia de espectáculos y eventos, los días viernes y sábados o en su defecto, tres días por semana. A tales efectos se considerará "baja temporada" los 
meses de mayo, junio, agosto, y setiembre, "pre-temporada" desde el 1º de octubre hasta el 15 de diciembre, "post-temporada", del 15 de marzo al 30
de abril y "alta temporada", del 16 de diciembre al 14 de marzo.  
   En el período de alta temporada deberá asegurarse un calendario de eventos y espectáculos de cinco días como mínimo por semana.
   b) El concesionario estará obligado a promocionar los espectáculos que proyecte realizar, debiendo informar con antelación al Ministerio de Turismo qué tipo de promoción llevará a cabo, pudiendo dicha Secretaría 
de Estado apoyar la misma en la forma que estime más conveniente.
   c) El adjudicatario se hará cargo de la conservación total del inmueble durante el plazo contractual. Asimismo, se obliga especialmente a 
permitir el acceso al mismo por parte de la empresa adjudicataria de la Licitación Pública Nº 2/993 relativa a obras de refacción y mantenimiento del Centro del Espectáculo, que corre por Expediente Nº 913/93, cuyo extracto será entregado conjuntamente con el Pliego, formando parte del mismo como Anexo "A". También permitirá el acceso del personal autorizado por el Ministerio de Turismo, que deba inspeccionar las obras referidas.
   d) El concesionario podrá realizar todas las escenografías, decoraciones, modificaciones y adecuaciones transitorias en el inmueble y sus instalaciones que requiera la promoción y realización de los Eventos programados sin necesidad de autorización previa. Establécese expresamente que el aspecto exterior del inmueble no podrá ser modificado sin previa autorización del Ministerio de Turismo.
   e) Las reparaciones o modificaciones estructurales de carácter definitivo sólo podrán realizarse previa autorización expresa del Ministerio de Turismo, quedando en beneficio de éste sin derecho a reclamación alguna de parte de adjudicatario. La omisión de tal requisito solamente podrá ser válidamente aceptada mediante prueba fehaciente que deberá aportar el concesionario, sobre la necesidad y urgencia de la reparación y la justificación de que el cumplimiento de tal requisito y 
la demora en la ejecución de la obra respectiva, podría derivar en un perjuicio más grave en el inmueble, bienes muebles o maquinaria dada en concesión o aparejar un serio resentimiento del servicio.
   f) Durante el plazo de la contratación y hasta la efectiva entrega del
bien objeto de la presente Licitación, el adjudicatario deberá contratar
y solventar un seguro contra incendio, robo y responsabilidad civil 
frente a terceros. A tal efecto se tomará en cuenta la tasación que efectúe el Banco de Seguros respecto del bien dado en concesión, así como los estudios que dicha Institución lleve a cabo respecto a la responsabilidad civil. Lo establecido precedentemente es sin perjuicio de la obligación de contratar el seguro de accidentes laborales en el marco de lo dispuesto por la Ley 16.074 de 10 de octubre de 1989.
   g) El concesionario será responsable por el deterioro, pérdida o destrucción de los bienes objeto de la concesión, fuera de las hipótesis
de caso fortuito y fuerza mayor, debiendo tomar las medidas adecuadas 
para su conservación.
   h) El adjudicatario se obligará a ceder gratuitamente las 
instalaciones del Centro del Espectáculo al Ministerio de Turismo, a solicitud de éste, hecha saber con por lo menos veinte días de antelación a la fecha requerida, a los efectos de desarrollar eventos artísticos, culturales, deportivos o profesionales de interés para dicha Cartera, siempre y cuando dicha fecha no estuviere comprometida mediante contratación debidamente acreditada, para otro espectáculo o evento.
   i) Será de cargo exclusivo del concesionario el pago de sueldos, aportes o cualquier gravamen u obligación derivada de las leyes laborales, de seguridad social, tributarias, etc., así como el cumplimiento de obligaciones o cualquier clase de compromisos que contrajere el concesionario para la explotación del servicio.

   4) GARANTIA: El oferente deberá garantizar el mantenimiento de su oferta y en caso de resultar adjudicatario el cumplimiento del contrato, mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza, por un valor equivalente a U$S 25.000 (dólares americanos veinticinco mil) o U$S 150.000 (dólares americanos ciento cincuenta mil) respectivamente. El plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será de cinco días a partir del día siguiente a la notificación de la resolución de adjudicación.

   5) PRECIO: Se deberá proponer el precio de la anualidad en Dólares de los Estados Unidos de América, el que se pagará de la siguiente forma:
- El 10% de la 1ra. anualidad a la firma del contrato
- El 10% de la 1ra. anualidad al 31/12/94
- El 40% de la 1ra. anualidad al 31/01/95
- El 40% de la 1ra. anualidad al 28/02/95
- El 10% de la 2da. anualidad al 30/08/95
- El 10% de la 2da. anualidad al 31/12/95
- El 40% de la 2da. anualidad al 31/01/96
- El 40% de la 2da. anualidad al 28/02/96

   6) FORMALIDADES DE LA PROPUESTA:
   a) La propuesta se presentará personalmente en sobre cerrado contra recibo, en la Sede del Ministerio de Turismo, sita en Av. del Libertador Brig. Gral. Juan A. Lavalleja 1409, Piso 6to., Dpto. de Contrataciones, 
en el horario de 12 a 18 hs. de lunes a viernes, o podrá enviarse por correo, telex (26699 MINTUR UY), fax (5982-921624) u otros medios similares y deberá ser redactada en idioma castellano, con las hojas foliadas y rubricadas más dos copias en papel simple. Se iniciará con el formulario de identificación del oferente que luce como Anexo I al Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales aprobado por Decreto Nº 53/993 de 28 de enero de 1993.
   b) Con la oferta se presentarán los antecedentes del proponente en relación con la organización de eventos o espectáculos artísticos, culturales, etc., así como información respecto a su trayectoria 
comercial o empresarial, solvencia económica y moral, así como todo otro elemento cuyo conocimiento se estime de utilidad para un conocimiento cabal del oferente.
   La solvencia económica se acreditará mediante estado de 
responsabilidad certificado por Escribano Público o Contador Público. Lo antes expuesto será aplicable a los socios, cuando el proponente sea una sociedad. En este último caso, deberá agregar además testimonio notarial de los estatutos o contrato social, sus modificaciones y/o ampliaciones, debidamente registrados y publicados.
   c) Conjuntamente con la explicitación del precio ofrecido, el proponente deberá indicar si se compromete a explotar el servicio de restaurante, y cafetería o alguno de ambos.
   d) Los oferentes deberán ser personas físicas o sociedades personales. En este último caso los socios serán solidariamente responsables por las obligaciones que asuma la sociedad que integran.
   Si la propuesta fuera realizada por personas físicas, las mismas 
podrán adoptar posteriormente a la adjudicación una forma societaria personal a los efectos de la explotación, siempre que lo hubieran manifestado por escrito en su oferta, en cuyo caso, el adjudicatario será la sociedad y las personas físicas se constituirán en solidariamente responsables por las obligaciones de aquella como concesionaria.
   e) En los casos que corresponda se deberá agregar certificado del 
Banco de Seguros del Estado a que se refiere el art. 61 de la Ley 16.074 
de 10 de octubre de 1989.

   7) MARCO NORMATIVO
   Regirá en la presente Licitación Pública las disposiciones siguientes:
   a) El Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales aprobado por el 
Decreto Nº 53/993 de 28 de enero de 1993.
b)El presente Pliego de Condiciones Particulares.
c) Las Leyes y Decretos vigentes a la fecha de apertura de las 
propuestas.
d) Las enmiendas o aclaraciones efectuadas por la Administración durante el plazo de la Licitación y hasta el día anterior a la apertura de las ofertas.
e) La propuesta del oferente para la ejecución de los servicios.

   8) DOCUMENTOS A PRESENTAR FUERA DEL SOBRE AL MOMENTO DE ENTREGA DE LA PROPUESTA   

1) Recibo de adquisición del Pliego Particular correspondiente a este llamado.
2) Certificado de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado.
3) Documentos que acredite la representación de la persona o personas que
presentan la oferta y fotocopia del mismo.
   Para el caso de que el proponente sea una persona jurídica se agregará un certificado notarial actual acreditando la constitución, vigencia y representación de la misma de acuerdo al contrato social.

   9) PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
   Las propuestas serán válidas y obligarán a los proponentes por el término de sesenta días corridos, computados desde su presentación.

   10) APERTURA
   El acto de apertura se realizará el día viernes 14 de octubre de 1994 en la Sala de Actos (4to. piso) de esta Secretaría de Estado sito en la calle Colonia 1013 a las 15 horas, ante la presencia de todos los proponentes que deseen estar. De lo actuado se confeccionará el acta correspondiente a la que se dará lectura, pudiendo suscribir la misma los oferentes habilitados a esos efectos.
   Los sobres cerrados contendrán la siguiente inscripción en su parte exterior: LICITACION PUBLICA No. 1/994 y serán abiertos en presencia de 
los interesados que concurran al acto de apertura.
   Todos los documentos de la oferta deberán ser cuidadosamente 
redactados sin borrones, raspaduras y/o enmendaduras, debiendo estar 
todas las hojas foliadas y rubricadas. Solamente se aceptarán borrones, raspaduras y/o enmendaduras que hayan sido debidamente salvadas mediante 
la aclaración o constancia correspondiente.

   11) ANTECEDENTES
   La Administración podrá considerar como factor preponderante para el rechazo de la oferta los antecedentes de los oferentes en cuanto a la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones 
anteriores con el Estado.

   12) ADJUDICACION
   La Administración se reserva el derecho de aceptar la propuesta que estime más conveniente, total o parcialmente, o rechazarlas todas.
   Si se presentaren dos o más ofertas similares en su precio o calidad 
se invitará a los oferentes respectivos a mejorar sus ofertas otorgando 
un plazo no menor de veinticuatro horas de acuerdo con lo previsto por el
artículo cincuenta y siete del T.O.C.A.F.
   Serán rechazadas de pleno derecho las ofertas que no se ajusten a los requerimientos de este Pliego.
   Una vez dictada la Resolución de adjudicación el Departamento de Licitaciones y Contrataciones (Piso 6to. de esta Secretaría de Estado), 
la notificará por telegrama colacionado a los oferentes.
   La adjudicataria no podrá ceder a ningún título total o parcialmente, los derechos que le acuerde el respectivo contrato de concesión. Tampoco podrá sub-contratar, total o parcialmente la prestación de los servicios cuya explotación son objeto de la adjudicación.
   El Ministerio de Turismo se reserva el derecho de exigir al concesionario la presentación de certificaciones que acrediten su solvencia económica durante el plazo de vigencia del contrato.

   13) RECLAMACIONES
   El Ministerio de Turismo no asume responsabilidad alguna por posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales, cualquiera sea su índole deducidas por terceros.

   14) INVENTARIO
   Se incluirá como anexo al contrato a firmarse en cumplimiento de la adjudicación un inventario del inmueble.
   Una vez terminado el plazo para el uso del inmueble, este Organismo llevará a cabo un nuevo inventario, con citación del concesionario, a los efectos de constatar el estado del bien a la finalización del contrato.
De dicho inventario se entregará copia al adjudicatario.
   Si el estado del bien y accesorios a la finalización del contrato difiriere del estado de estos al momento de la entrega del inmueble, los daños o perjuicios serán "avaluados" por los Organismos Estatales correspondientes, restituyéndose al Ministerio de Turismo los importes establecidos.
   Asimismo, en el caso de no restitución del bien y/o accesorios al vencimiento del plazo, se deberá abonar por el concesionario al 
Ministerio de Turismo la suma equivalente a U.R. 50 (cincuenta unidades reajustables) por día, sin perjuicio de las indemnizaciones a que hubiere lugar.

   15) RESPONSABILIDAD
   El adjudicatario se hará totalmente responsable de los Espectáculos ofrecidos.

   16) MORA
   La concesionaria caerá en mora de pleno derecho sin necesidad de protesta, protesto, interpelación judicial ni gestión particular alguna, por el solo vencimiento de los términos en que debe cumplirse cada obligación por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.

   17) INCUMPLIMIENTO
   El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de las partes dará lugar a solicitar la rescisión del contrato respectivo.

   18) AUDITOR
   El Ministerio de Turismo a fin de cumplir con los contralores en la ejecución de este contrato en cuanto al efectivo cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones en él impuestas a la parte concesionaria, en
especial en relación a la prestación de los servicios objeto del acuerdo 
de voluntades podrá designar a un Auditor. Para el ejercicio de sus funciones el Auditor tendrá libre acceso a todas las instalaciones del establecimiento y anexos y se pondrá a disposición del Ministerio de Turismo una habitación para alojamiento y otra para oficina.   
     


		
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