Fecha de Publicación: 29/07/2004
Página: 176-A
Carilla: 4

UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE ENERGIA Y AGUA

Artículo 3

 En el caso en que la petición se haya presentado mediante telegrama 
colacionado certificado con aviso de entrega, télex, fax u otro 
procedimiento similar, por razones de conservación de la documentación y 
seguridad jurídica, se procederá a su reproducción a través de los medios 
pertinentes y se formará expediente, certificándose por el funcionario 
actuante la reproducción realizada.

El peticionario dispondrá de un plazo de 10 (diez) días hábiles a contar 
del siguiente a la recepción del documento, para comparecer en la oficina 
a efectos de ratificar por escrito su voluntad de peticionar.
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