Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo realizado por la empresa Compañía Radioelectrónica
Uruguaya S.A., solicitando la extensión del Seguro por Desempleo de su
personal.
Resultando: I) que la firma el 1º de febrero, se vio obligada a detener
sus actividades enviando a su personal al Seguro por Desempleo.
II) que dicha medida se debió adoptar ante factores coyunturales adversos,
siendo imposible retomar en el momento a sus trabajadores.
Considerando: I) que la empresa está abocada a buscar las soluciones que
le permitan revertir dicha situación.
II) que la misma está considerando y negociando la venta del paquete
accionario de la firma;
III) que es imprescindible para la empresa seguir contando con su personal
especializado en la muy específica rama de actividad que cumple el
establecimiento industrial.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Art. 10 del
Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase por el plazo de 30 (treinta) días el amparo a los beneficios
que otorga el Banco de Previsión Social por Seguro por Desempleo, a los
trabajadores de la empresa Compañía Radioelectrónica Uruguaya S.A.
(CRUL S.A.).