AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. 1270 KHZ. CV 127 RADIO CUAREIM. ARTIGAS




Promulgación: 03/01/1997
Publicación: 17/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 24
  Visto: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional
de Comunicaciones da cuenta de la petición formulada por el señor José
Honorio Meirelles Zabalegui, permisionario de CV 127 "RADIO CUAREIM", que
opera en la frecuencia 1270 KHz, en la ciudad de Artigas, departamento de
Artigas, por la cual solicita se le autorice un cambio de frecuencia por
continuas interferencias de emisoras extranjeras.

 Resultando: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 54.715 de 10 de
julio de 1979, se autorizó un aumento de potencia para CV 127, pasando a
operar con 3 kilovatios en el servicio diurno y 1 kilovatio en servicio
nocturno.

 II) que con fecha 8 de enero de 1995 se cursó la correspondiente
solicitud de coordinación a la Unión Internacional de Telecomunicaciones
(UIT), para un aumento de potencia de hasta 4 kilovatios, para el servicio
diurno.

 III) que en el Acuerdo Americano de Radiodifusión de Río de Janeiro de
1981, se acordó para la citada emisora una potencia para el servicio
nocturno de 2 kilovatios.

 Considerando: I) que de los estudios técnicos realizados, surge la
posibilidad de acceder a un aumento de potencia de hasta 4 kilovatios en
el servicio diurno y 2 en el servicio nocturno.

 II) que en razón de la optimización del espectro radioeléctrico nacional,
no es posible un aumento de potencia mayor debido a las interferencias
perjudiciales que puede causar a otras emisoras nacionales que operan
canales adyacentes, así como tampoco es posible acceder al cambio de
frecuencia solicitado porque afectaría notoriamente a emisoras
extranjeras.

 Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto en el artículo
4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción
dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991 y
artículo 17mo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, a lo
informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

 El Presidente de la República,

 RESUELVE:

1

  Autorízase a CV 127 "RADIO CUAREIM" que opera en la frecuencia 1270 KHZ,
en la ciudad de Artigas, departamento de Artigas un aumento de potencia a
4 kilovatios en servicio diurno y a 2 kilovatios en servicio nocturno.

2

      Establécese que si en la práctica la estación produjera
interferencias perjudiciales dentro del área de servicios de otras
difusoras u otros servicios radioeléctricos ya instalados, el interesado
deberá cesar inmediatamente las transmisiones, reducir su potencia y
volver a la establecida por la Resolución del Poder Ejecutivo 54.715 de 10
de julio de 1979.

3

    Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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