Visto: la gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Histórico,
Artístico y Cultural de la Nación tendiente a que sea declarado Monumento
Histórico el "Palacio Penza" de la ciudad de Durazno;
Resultando: 1) que el inmueble perteneció al Dr. Emilio Penza
Berlingeri, uno de los ciudadanos más destacados del departamento de
Durazno por su obra científica, humana y cultural.
2) que el inmueble cuya declaratoria se promueve, fue construido en 1905
por el arquitecto Octavio Ramos Suárez.
Considerando: 1) que el inmueble tiene para la comunidad un valor
histórico trascendente por haber sido ámbito de reuniones culturales y
sociales de gran destaque.
2) que las autoridades departamentales patrocinaron la declaratoria con
el fin de perpetuar en la memoria de los habitantes del departamento y de
todo el país, el inmueble que perteneció a uno de los médicos más
destacados del departamento.
Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Comisión
del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a lo
dispuesto en la Ley 14.040 de octubre de 1971 y Decreto Reglamentario
536/72, al Nº 1 literal G de la Resolución del Poder Ejecutivo 966/991 del
4 de diciembre de 1991.
El Ministro de Educación y Cultura, en ejercicio de las atribuciones
delegadas;
RESUELVE:
1
Declarar Monumento Histórico, el inmueble padrón 1125, 1a. Sección
Judicial del departamento de Durazno, Manzana 14, calle Dr. Penza
Berlingeri Nº 820 de la ciudad de Durazno.