TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD. FRECUENCIA 1600 KHZ. PANDO. CANELONES




Promulgación: 07/10/1997
Publicación: 23/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1001
  VISTO: estos antecedentes por los cuales la sociedad "CONTINENTAL
S.R.L." titular de CV 160 "Emisora Continental" que opera en la frecuencia
1.600 Khz. de la ciudad de Pando, Departamento de Canelones, solicita
autorización para transferir dicha titularidad a la sociedad "SOLIS
LIMITADA".

  RESULTANDO: que "CONTINENTAL S.R.L.", actual permisionaria de la
explotación de la referida frecuencia está integrada por los señores Julio
OLIVAR CABRERA y Alfredo FERNANDEZ VICENTE.

  CONSIDERANDO: I) que "SOLIS LIMITADA" está constituída por los actuales
integrantes de la sociedad titular y cumple con los requisitos exigidos
por el Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993.

II) que en los hechos, la explotación de CV 160 "Emisora Continental", que
opera en la frecuencia de referencia, se está realizando bajo la razón
social "SOLIS LIMITADA", situación que contraviene las disposiciones
legales vigentes en la materia, por lo cual corresponde la aplicación de
una sanción a la misma.

III) que sin perjuicio, de acceder a la transferencia de titularidad
solicitada; en función del carácter preceptivo y de orden público de las
normas que regulan la materia, corresponde dar cumplimiento, en mérito, a
lo dispuesto en el artículo 11 del Código Civil, a los Decretos 586/990 de
18 de diciembre de 1990 y 347/992 de 21 de julio de 1992, conforme a los
cuales debe otorgarse a los interesados, un plazo máximo e improrrogable
de 120 días para la exhibición de la documentación respectiva, bajo
apercibimiento de lo dispuesto en el numeral 5 "in fine" del artículo 4
del Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977.

  ATENTO: a lo dispuesto en el numeral 1ro. del artículo 3ro. y numeral
3ro. del artículo 4to. del Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977;
artículo 15 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, literal a) del
artículo 1ro. y artículo 4to. del Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993 y
a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

                   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

   Autorízase a "CONTINENTAL S.R.L." a transferir la titularidad de la
frecuencia 1600 Khz. de la ciudad de Pando, departamento de Canelones a la
sociedad "SOLIS LIMITADA", integrada por los señores Alfredo FERNANDEZ
VICENTE y Julio OLIVAR CABRERA.

2

   Aplíquese una multa consistente en 50 U.R. (cincuenta Unidades
Reajustables) a "SOLIS LIMITADA" conforme a lo establecido en el
CONSIDERANDO II de la presente Resolución.

3

   Intímesele a los interesados, para que dentro de un plazo máximo
improrrogable de 120 días, exhiban la documentación, requerida en los
Decretos 586/990 de 18 de diciembre de 1990 y 347/992 de 21 de julio de
1992, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el numeral 5 "in fine" del
artículo 4 del Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977.

4

    Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
Ayuda