COMUNIQUESE a la Dirección General del Catastro Nacional, al Registro de
la Propiedad (Sección Inmobiliaria), a la Intendencia Municipal de
Montevideo (Dirección de Arquitectura y del Plan Regulador), al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Direcciones de Arquitectura y
Vialidad, al Ministerio de Educación y Cultura, a la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación y al propietario del referido inmueble.