VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), por la cual los integrantes de la empresa "BANFIL
S.A.", Permisionaria de CW 35 - Radio Paysandú AM, que opera en la
frecuencia de 1.240 Khz., de la ciudad de Paysandú departamento de
Paysandú, solicitan la modificación del artículo 1ro. de la Resolución
del Poder Ejecutivo 1319/000 de 21 de noviembre de 2000, en lo referente
a su integración y la cesión de acciones de dicha empresa a favor del
señor Carlos Alberto Tanco López, Valeria y Carlos Daniel Tanco Hopenhaym
y Gustavo María Ghelfa Benítez.
RESULTANDO: I) que por la Resolución precitada se autorizó la
transferencia de titularidad de la difusora CX 35 de Paysandú AM,
frecuencia 1.240 khz, de "M. Alfonso Ordoqui C.C" a favor de "BANFIL S
.A", cuyos integrantes eran a dicha fecha los señores Luis Enrique Parodi
Sachetti, Gustavo María Ghelfa Benítez, Alejandro Vicente Moncalvo
Zunino, Hugo Roberto Da Silva Patrón y la señora María Alejandra Patrone
Ojeda.
II) que del testimonio notarial del respectivo Libro de Registro de
Acciones surge que se procedieron a inscribir la transferencia de los
siguientes títulos, en las fechas que se indican: a) el 17 de mayo de
2000, los títulos 1 al 10 inclusive a favor de Luis Enrique Parodi
Sachetti y títulos 11 al 20 inclusive a favor de Gustavo María Ghelfa
Benítez, b) el 7 de diciembre de 2000, el título 1 a favor de María
Alejandra Patrone Ojeda, c) el 16 de abril de 2001, los títulos 11 al 20
inclusive a favor de Carlos Alberto Tanco López, d) el 23 de abril de
2001, los títulos 11 al 14 inclusive a favor de Valeria Tanco Hopenhaym y
títulos 15 al 18 inclusive a favor de Carlos Daniel Tanco Hopenhaym, e)
el 9 de agosto de 2001, el título 1 a favor de Gustavo Ghelfa y títulos 2
al 10 inclusive a favor de Carlos Tanco López.
CONSIDERANDO: I) que el capital actual de la Empresa "BANFIL S.A."
está compuesta en total por veinte (20) títulos de acciones; que
responden a: Carlos Alberto Tanco López once (11) acciones; Valeria y
Carlos Daniel Tanco Hopenhaym poseen cuatro (4) acciones cada uno; y a
Gustavo María Ghelfa Benitez, (1) una acción.
II) que todos los mencionados han cumplido con los requisitos de
Radiodifusión exigidos en el Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.
III) que de acuerdo a lo expresado por la citada Unidad Reguladora,
los señores Hugo Roberto Da Silva Patrón y Alejandro Vicente Moncalvo
Zunino, nunca detentaron la titularidad de las acciones de "BANFIL S.A.",
por lo cual no son accionistas, en contraposición a lo dispuesto por la
precitada Resolución del Poder Ejecutivo 1319/000.
IV) que a las personas mencionadas en el numeral anterior, la Unidad
Reguladora les ha conferido Vista de las actuaciones en distintas
oportunidades a efectos que se aclarara la situación, sin que formularan
descargos, otorgándoseles todas las garantías del debido procedimiento
administrativo.
V) que tratándose de una cesión de acciones, negocio jurídico interno
de la permisionaria del servicio, el testimonio presentado, es
considerado documento suficiente para cumplir los extremos previstos por
el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley
17.296 de fecha 21 de febrero de 2001, Decretos 734/978 de 20 de
diciembre de 1978 y 586/990 de 18 de diciembre de 1990, a lo informado
por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la misma.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorízase la cesión de acciones de la empresa "BANFIL S.A.", CW 35 -
Radio Paysandú, que opera en la frecuencia de 1.240 Khz., de la ciudad de
Paysandú departamento de Paysandú, estableciendo que la integración
actual y el capital accionario corresponde a: Carlos Alberto Tanco López,
once (11) acciones; Valeria y Carlos Daniel Tanco Hopenhaym, cuatro (4)
acciones cada uno y Gustavo María Ghelfa Benítez, una (1) acción.