PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. SHEEP'S WOOL OF URUGUAY S.A.




Promulgación: 09/12/1998
Publicación: 17/12/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 VISTO: El planteo realizado por SHEEP'S WOOL OF URUGUAY S.A., solicitando
la extensión del Seguro por Desempleo para 23 (veintitrés) de sus
trabajadores.

 RESULTANDO: Que la citada empresa se vio obligada a mermar su producción
en virtud de serias dificultades para la exportación de sus productos por
factores coyunturales ajenos a su producción que han afectado a la
Industria Textil Nacional.
             II) Que dichos factores, determinan que la empresa se vea
imposibilitada de reingresar en forma inmediata a sus trabajadores.

 CONSIDERANDO: I) que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.
           II) Que resulta de interés general mantener una importante
fuente de trabajo y producción, transitoriamente paralizada por las
razones expuestas, en virtud de la trascendencia que para la zona de La
Paz (Canelones) tiene dicha unidad de trabajo.
           III) que resulta conveniente conceder una nueva extensión del
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir
instrumentando las medidas tendientes a su reactivación, reincorporación
del personal, y evitar la pérdida de la fuente de trabajo de su personal
especializado.

 ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el artículo
10 del Decreto-Ley Nº 15.180 del 20 de Agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE

1

AMPLIASE por 60 (sesenta) días, a partir de los respectivos
vencimientos el amparo de los beneficios que otorga el Banco de Previsión
Social por Seguro de Desempleo a los 23 (veintitrés) trabajadores de la
firma SHEEP'S WOOL OF  URUGUAY S.A., que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo. 

2

COMUNIQUESE, publíquese, etc. 


SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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