DELEGACION DE ATRIBUCIONES. REMISION O RECEPCION DE COMUNICACIONES. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 15/09/1995
Publicación: 28/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: lo dispuesto por resolución 597/990 de 19 de julio de 1990.

    Resultando: I) que de acuerdo a ella se delegó en los Ministros del
ramo o quienes hagan sus veces las atribuciones del Poder Ejecutivo
concernientes a la remisión o recepción de comunicaciones a o de otros
Poderes u órganos del estado.

    II) que en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores una parte
considerable de tales comunicaciones refieren a la recepción o remisión de
exhortos, cartas rogatorias u oficios judiciales;

    Considerando: I) que notorias razones de buena administración,
principalmente la necesidad de lograr una mayor agilidad y eficiencia en
el ejercicio de las funciones de esa Secretaría de Estado, aconsejan
utilizar la facultad delegatoria constitucionalmente reconocida.

    II) que resulta conveniente proveer al efectivo descongestionamiento
de la tramitación de las tales comunicaciones delegando las respectivas
atribuciones en el Director General de Secretaría del mencionado
Ministerio;

    Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los
artículos 160 y 168, inciso 24 de la Constitución de la República.

    El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,



                              RESUELVE:

1

   Delégase en el Director General de Secretaría del Ministerio de
Relaciones Exteriores las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes
a la remisión o recepción de comunicaciones a o del Poder Judicial. 

SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - ALVARO RAMOS - JUAN ALBERTO MOREIRA - RAUL
ITURRIA - SAMUEL LICHTENSZTEJN - CONRADO SERRENTINO - FEDERICO SLINGER -
ANA LIA PIÑEYRUA - ALFREDO SOLARI - CARLOS GASPARRI - BENITO STERN - JUAN
CHIRUCHI
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