DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. DIROX S.A.




Promulgación: 24/02/1999
Publicación: 03/03/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 325
VISTO: la solicitud de la firma DIROX S.A., que se dedica a la
elaboración de productos químicos, tendiente a obtener, al amparo del
Decreto Ley Nº 14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974 y
de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, la declaratoria promocional
para la actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión
y la concesión de diversos beneficios promocionales;

RESULTANDO: I) el proyecto presentado tiene como objetivo el
redimensionamiento de su planta industrial, el cual prevé nuevas
inversiones y a su vez, sustituye, debido a los nuevos requerimientos
tecnológicos de la planta, parte del equipamiento incluido en el numeral
2º de la Resolución de fecha 28/09/94 (Declaratoria de Interés
Nacional);

II) la Comisión de Aplicación creada por el art. 12 de la Ley No. 16.906
del 7 de enero de 1998 considera que corresponde la declaratoria
promocional para la actividad del proyecto de inversión presentado por
DIROX S.A. y propone medidas promocionales;

CONSIDERANDO: que el proyecto presentado por la firma DIROX S.A., de
acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Industrias, es viable
técnica, financiera y económicamente y encuadra en los lineamientos del
Decreto Ley Nº 14.178 del 28 de marzo de 1974 y de la Ley No. 16.906 del
7 de enero de 1998;

ATENTO: a lo expuesto, lo aconsejado por la Comisión de Aplicación (art.
12 de la Ley No. 16.906) y lo establecido por el Decreto Ley Nº 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y por la Ley No. 16.906 del
7 de enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por DIROX S.A., que tiene como finalidad el redimensionamiento de su
planta industrial, y la sustitución, debido a los nuevos requerimientos
tecnológicos de la planta, de parte del equipamiento incluido en el
numeral 2º. de la Resolución de fecha 28/09/94 (Declaratoria de Interés
Nacional).

2

Exonérase en forma total a la empresa DIROX S.A., de todo recargo
incluso el mínimo, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de
Movilización de Bultos y en general todo tributo cuya aplicación
corresponda en ocasión de la importación del siguiente equipamiento
previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la industria
nacional":
- Doce (12) tanques
- Sesenta y una (61) bombas.
- Dos (2) sin fin.
- Cinco (5) polipastos.
- Una (1) confeccionadora.
- Cinco (5) condensadores.
- Siete (7) reactores.
- Cuatro (4) silos.
- Un (1) secador.
- Un (1) mezclador.
- Dos (2) Vibrovaglio.
- Cinco (5) ventiladores.
- Tres (3) tolvas
- Tres (3) centrífugas.
- Diez (10) sistemas trasmisores.
- Catorce (14) agitadores.
- Dos (2) scrubber con accesorios.
- Diez (10) sistemas reguladores.
- Diez (10) sistemas válvulas reguladoras.
- Diez (10) sistemas receptor.
- Veinte (20) sistemas válvulas piping fitting.
- Seis (6) sistemas cuadro eléctrico.
- Nueve (9) cambiadores.
- Un (1) mixer.
- Tres sistemas (3) paiping acero especial.
- Tres (3) sistemas instrumentación.
- Tres (3) sistemas válvulas.
- Un (1) revestimiento antiácido.
- Un (1) alimentador ácidos.
- Dos (2) alimentadores bases.
- Dos (2) alimentadores org.
- Un (1) sistema alimentador.
- Una (1) fasciatrice.
- Un (1) scubber.
- Un (1) decandador.
- Dos (2) autoelevadores.
- Una (1) columna.
- Tres (3) sistemas analítico laboratorio.
- Dos (2) rampas carga.
- Un (1) sistema antincendio.
- Un (1) transformador.
- Repuestos para instrumentos.
- Repuestos mecánicos.

3

Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara promovido en la
presente resolución, se podrán computar como activos exentos a los
efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término de
cinco años a partir del ejercicio de su incorporación inclusive. A los
efectos del cómputo de los pasivos los citados bienes serán considerados
activos gravados.

4

Déjase sin efecto el numeral 2º. de la Resolución de fecha 28 de
setiembre de 1994, a partir de la presente Resolución.

5

A los efectos del control y seguimiento, la empresa DIROX S.A. deberá
documentar ante la Dirección Nacional de Industrias anualmente y durante
los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio
de toda otra información que les sea requerida.

6

A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, la Dirección Nacional de Industrias
certificará a los organismos competentes la pertinencia de los mismos, de
acuerdo con su adecuación al proyecto declarado promovido.

7

Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la
revocación de la declaratoria promocional, de conformidad a lo dispuesto
en el Art. 13 del Decreto Ley Nº 14.178 y demás disposiciones
concordantes o que se establezcan.

8

Comuníquese a la Comisión de Aplicación, etc.

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS MOSCA
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