APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 075/017. DINACIA. AUTORIZACION A TRANSPORTADORES AEREOS




Promulgación: 30/10/2017
Publicación: 09/11/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional Nro. 075/2017 de 21 de febrero de 2017.

   RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó provisoriamente, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977 a la empresa de bandera colombiana AVIANCA (Aerovías del Continente Americano S.A.), a operar servicios de transporte aéreo público, regular y no regular, internacional de pasajeros, correo y carga en la Ruta Bogotá (BOG) - Montevideo (MVD) - Bogotá (BOG) y puntos intermedios (eventuales), con hasta 7 (siete) frecuencias semanales, en el marco de las previsiones del Acuerdo de Transporte Aéreo que vincula a nuestro país con la República de Colombia.

   CONSIDERANDO: I) que la Resolución mencionada fue dictada acorde a lo establecido por el artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977, el cual preceptúa, que si mediaren razones de interés nacional, la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica podrá otorgar a la empresa solicitante autorización operativa provisoria de transporte aéreo público, sin perjuicio de la prosecución de los procedimientos principales para la resolución definitiva.

   II) que en consecuencia, corresponde aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica 075/2017 mencionada.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo recomendado por la Junta Nacional de Aeronáutica Civil en el punto 9.3 del Orden del Día de su Sesión N° 99 de 1ro. de febrero de 2017, a lo informado por las Direcciones de Transporte Aéreo Comercial, Seguridad Operacional y Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa y a lo dispuesto por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977 y por el artículo 106 del Código Aeronáutico.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica 075/2017 de 21 de febrero de 2017, por la cual se autorizó provisoriamente, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977 a la Empresa de bandera colombiana AVIANCA (Aerovías del Continente Americano S.A.), a operar servicios de transporte aéreo público, regular y no regular, internacional de pasajeros, correo y carga en la Ruta Bogotá (BOG) - Montevideo (MVD) - Bogotá (BOG) y puntos intermedios (eventuales), con hasta 7 (siete) frecuencias semanales, en el marco de las previsiones del Acuerdo de Transporte Aéreo que vincula a nuestro país con la República de Colombia.

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE MENÉNDEZ - DANILO ASTORI - VÍCTOR ROSSI
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