AMPLIACION DE DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. CURTIEMBRE BRANAA S.A.




Promulgación: 17/11/2004
Publicación: 24/11/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1248
   VISTO: la solicitud de la empresa CURTIEMBRE BRANAA S.A., tendiente a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de diciembre 
de 2003, por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de
inversión;

   RESULTANDO: la empresa manifiesta la necesidad de nuevas inversiones para mantenerse al día en lo referente a la tecnología para alcanzar la
calidad exigida por el mercado;

   CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12°
de la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley; II) que la ampliación del
proyecto presentada por CURTIEMBRE BRANAA S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998;

   ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 
del 28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE:

1

   Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de diciembre de
2003, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa CURTIEMBRE BRANAA S.A. en el sentido de incluir:
-Dos (2) descarnadoras hidráulicas;
-Dos (2) bombas para garra.
-Una (1) escurridora Bause.
-Dos (2) fulones de descarne.
-Dos (2) rebajadoras.
-Un ( 1) Aquamix curtido.
-Dos (2) filtros de recupero de pelo.
-Dos (2) fulones de curtido.
-Cuatro (4) fulones de ablande.
-Un (1) túnel de secado.
-Un (1) PH-metro portátil.
-Dos (2) fulones para teñido.
-Dos (2) autoelevadores eléctricos de 2.500 kg.
-Un (1) tren de lija y repuestos para la actual.
-Tres (3) máquinas de espuma.
-Ocho (8) equipos de reactivo en línea.
-Cuatro (4) fulones de ablande.
-Cuatro ( 4) depuradores y cabinas de pintura.
-Una (1) planta de pinturas.
-Un (1) sistema color tools con espectrofotómetro.
-Tres (3) cabinas de ensayo para muestras.
-Quince (15) cilindros de grabar.
-Un (1) tren de secado.
-Un (1) aquamix laboratorio.
-Cuatro (4) espectrofotómetros.
-Una (1) troqueladora.
-Dos (2) estufas con ventilación.
-Un (1) PH-metro mesa.
-Un (1) test de abrasión Taber.
-Un (1) analizador halógeno de humedad.
-Un (1) fogging tester.
-Un (1) equipo de permeabilidad al vapor.
-Un (1) weather ometer.
-Una (1) centrífuga.
-Un (1) elevador trilateral para depósitos químicos.
-Catorce (14) economizadores.
-Diez (10) máquinas de extinción de incendios.
-Tres (3) compresores para planta actual y secadores dentro del listado
de equipamiento exonerado en su numeral 2°, declarado no competitivo de
la industria nacional.

BATLLE - JOSE VILLAR - ISAAC ALFIE
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