FIJACION DE MONTO DEL GRAN PREMIO NACIONAL A LA LABOR INTELECTUAL Y HONORARIOS DE LOS JURADOS. 1996 - 1998




Promulgación: 16/11/1999
Publicación: 24/11/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: el "Gran Premio Nacional a la Labor Intelectual", instituido por
la Ley Nº 15.843 de fecha 8 de diciembre de 1986, que se otorga cada tres
años "a quien se haya destacado en actividades culturales que hayan
significado honor para la República";

RESULTANDO: que corresponde determinar el monto de los Premios, como
también las remuneraciones que percibirán los Jurados;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 FIJASE en $ 190.250 (ciento noventa mil doscientos cincuenta pesos
uruguayos), el monto total del "Gran Premio Nacional a la Labor
Intelectual", correspondiente al trienio 1996/98; 

2

 LA cantidad fijada para el "Gran Premio Nacional a la Labor Intelectual"
será de $ 80.000 (ochenta mil pesos uruguayos); 

3

 FIJASE en un monto de $ 5.250 (cinco mil doscientos cincuenta pesos
uruguayos) los honorarios que recibirán cada uno de los veintiún
integrantes del Jurado que discernirán el Premio; 

4

 LA erogación resultante por concepto de Premios y pago a los jurados se
atenderá con cargo al Objeto del Gasto 749 de los Créditos
Extrapresupuestales Financiación 1.2 del Programa 001 del Inciso 11; 

5

 COMUNIQUESE y pase al Departamento Financiero Contable del Ministerio de
Educación y Cultura; 

FERNANDEZ FAINGOLD - YAMANDU FAU - JUAN ALBERTO MOREIRA
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