VISTO: La resolución del Poder Ejecutivo Nº 154/000 de 9 de febrero de
2000;
RESULTANDO: I) Que la citada Resolución establece un régimen de subsidio
por desempleo para los trabajadores de la empresa Expocenter S.A.,
extendiéndose a veinticuatro meses el mínimo de relación laboral exigido
por la normativa legal vigente;
II) Que se han suscitado dudas por los servicios del Banco de Previsión
Social en cuanto a si la Resolución de referencia ampara a los
trabajadores cesados con anterioridad, habiendo solicitado dicha
Institución pronunciamiento acerca del verdadero alcance de la citada
disposición
CONSIDERANDO: Que el alcance de la Resolución, que surge a su vez de una
interpretación amplia de la misma, es incluir a aquellos trabajadores que
fueron dejados cesantes por la empresa con anterioridad al cierre de la
misma, y más precisamente en los meses de agosto y setiembre de 1999.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto:
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
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Establécese que lo dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo Nº
154/000 de 9 de febrero de 2000 será de aplicación a los trabajadores de
la empresa Expocenter S.A. que hubieren sido dejado cesantes en los meses
de agosto y setiembre del año 1999.