VISTO: Las resoluciones del Poder Ejecutivo de fechas, 11 de febrero y 27
de octubre de 2008.
RESULTANDO: I) que por la primera se declaró promovido el proyecto de
19/09 inversión presentado por la empresa BERMICK S.A., para la
construcción de un Complejo Turístico en José Ignacio, que comprende una
Estancia con 12 suites y una Posada sobre la playa con 13 suites.
II) que por la segunda se autoriza la transposición del monto imponible
correspondiente a la adquisición en plaza de bienes de activo fijo
destinados al equipamiento, al monto correspondiente a las importaciones
de bienes de activo fijo destinados al equipamiento.
CONSIDERANDO: I) que la firma BERMICK S.A. solicita la ampliación en la
inversión del precitado Complejo en U$S 13:163.837 (dólares americanos
trece millones ciento sesenta y tres mil ochocientos treinta y siete)
debido a los incrementos en términos de dólares que se han dado en el
costo de la construcción, en la mejora del equipamiento, así como las
diferencias sustentadas entre el anteproyecto presentado anteriormente y
el proyecto definitivo arquitectónico.
II) que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley
16.906 del 7 de enero de 1998 y la Asesoría Técnica del Ministerio de
Turismo y Deporte, consideran que corresponde acceder a lo solicitado.
ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en los Decretos Nº 175/003 del 7
de mayo de 2003, Nº 350/004 de 29 de setiembre de 2004 y 262/005 de 29 de
agosto de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase en U$S 13:163.837 (dólares americanos trece millones ciento
sesenta y tres mil ochocientos treinta y siete) el proyecto de inversión
presentado por la empresa BERMICK S.A. para la construcción de un Complejo
Turístico, a construirse en Maldonado, en José Ignacio.