Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estas actuaciones por las cuales se da cuenta del fallecimiento del señor Arnol Franco Longone integrante de la sociedad de responsabilidad limitada "Sarandí S.R.L." titular de la emisora CW 155 de la localidad de Sarandí del Yí (departamento de Durazno).
Resultando: que por resolución del Poder Ejecutivo 59.710 de fecha 22 de junio de 1982, se determinó que los integrantes de la antedicha sociedad eran los señores Arnold Franco y José A. Porro.
Considerando: I) Que según certificado de resultancias de autos fueron declaradas únicas y universales herederas del causante las señoras Ada Dolores Iglesias Apelianiz y Elvira Jacinta Longone;
II) Que con fecha 24 de noviembre de 1989 las citadas herederas cedieron sus respectivas participaciones sociales a la señora Nora Susana San Martín de Porro, según documento privado con firmas certificadas, sujeto a la condición de obtener la respectiva autorización por parte del Poder Ejecutivo;
III) Que la Dirección Nacional de Comunicaciones por intermedio de su Asesoría Letrada informa que no existen inconvenientes para que se acceda a lo solicitado, habiéndose dado cumplimiento a lo que determinan los decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y 586/990 de fecha 18 de diciembre de 1990.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 15 del decreto 734/978, y a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.
El Presidente de la República,
RESUELVE:
1
Autorízase a las señoras Ada Dolores Iglesias Apelianiz y Elvira Jacinta Longone únicas herederas del señor Arnold Franco, la cesión de
sus cuotas sociales correspondientes a la sociedad "Sarandí S.R.L." a la señora Nora Susana San Martín de Porro.