EXONERACIONES A LA IMPORTACION DE BIENES. PUERTA DEL SUR S.A. AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO




Promulgación: 09/10/2009
Publicación: 22/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1175
VISTO: la gestión promovida por la empresa Puerta del Sur S.A. tendiente a
que se le autorice la importación de bienes necesarios para el
acondicionamiento y funcionamiento del Aeropuerto Internacional de
Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso".

CONSIDERANDO: que es imprescindible para el funcionamiento sin
interrupciones de dicha terminal aérea, la incorporación de los bienes
enumerados en el listado presentado por la empresa.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 15.637, de 28
de setiembre de 1984, la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998 y los
Decretos Nº 293/001, de 25 de julio de 2001, Nº 376/002, de 28 de
setiembre de 2002, Nº 153/003, de 24 de abril de 2003, Nº 192/003, de 20
de mayo de 2003 y Nº 317/003, de 13 de agosto de 2003.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la empresa Puerta del Sur S.A., la importación exonerada en
forma total de todo recargo, incluso el mínimo, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasas Consulares, Tasa de Movilización de Bultos y en
general todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación de los bienes, por el monto imponible total de Euros 126.628,00 (Euros ciento veintiséis mil seiscientos veintiocho) que se detallan en el listado anexo que se ha dado en llamar "Lista Nº 61" 
y que forma parte de esta Resolución.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 1.053/009 
de 09/10/2009.
 Ver:   Resolución Nº 1.100/010 de 14/07/2010 numeral 1 (Sustituye signo 
monetario).

TABARE VAZQUEZ - ANDRES MASOLLER - GONZALO FERNANDEZ 
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