VISTO: La solicitud de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, por la que se eleva el Proyecto de Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones de Funcionamiento del año 2015, para su aprobación por el Poder Ejecutivo.
RESULTANDO: Que el artículo 22 de la Ley N° 17.738 de 7 de enero de 2004, confiere al Poder Ejecutivo facultades para aprobar o rechazar el proyecto del Presupuesto de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.
CONSIDERANDO: I) Que por Resolución de 3 de diciembre de 2014, el Directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios aprueba por unanimidad el Proyecto de Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones de Funcionamiento para el Ejercicio 2015 y lo remite al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para su consideración.
II) Que por Resolución de fecha 27 de noviembre de 2014, la Comisión Asesora y de Contralor, aprueba por unanimidad el Proyecto de Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones de Funcionamiento para el Ejercicio 2015.
III) Que por informe de fecha 19 de enero de 2015, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, expresa que no formula objeciones al Proyecto de Presupuesto y previa vista de la Coordinadora de Presupuestos Públicos, remite el expediente al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los efectos correspondientes.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 22 de la Ley N° 17.738 de 7 de enero de 2004.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
APRUÉBASE el Proyecto de Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones de Funcionamiento para el Ejercicio 2015, elevado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.