Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de RONI LIMITADA a fin de que se extienda el
beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de Previsión Social
a 3 tres) de sus trabajadores.
RESULTANDO: Que la caída de la exportación para la generalidad de la
industria textil, por problemas coyunturales con países vecinos, ha
determinado el envío temporario del personal al Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir instrumentando
las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho
personal especializado.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Extiéndase por el plazo de 90 (noventa) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 3 (tres),
trabajadores de la firma RONI LIMITADA, que se encuentren en condiciones
legales de acceder a la misma.