HOMOLOGACION SOBRE AMPLIACION DEL ACUERDO DE GESTION DE SERVICIOS ENTRE LA DINACIA Y LA OACI PARA LA ADQUISICION DE UN SISTEMA DE CONTROL DE TRANSITO AEREO




Promulgación: 05/07/2010
Publicación: 19/07/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 143
Referencias a toda la norma
VISTO: la necesidad de homologar la ampliación del Acuerdo de Gestión de
Servicios celebrado entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) y la Organización de Aviación Civil
Internacional (OACI).

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de
noviembre de 2009 (número interno 87.154), se autorizó la suscripción del
Acuerdo antes citado, con la finalidad de implementar un Proyecto de
Fortalecimiento Institucional en relación a la "Vigilancia continua en la
Seguridad Operacional", por un monto de U$S 1.000.000,00 (dólares
estadounidenses un millón con 00/100).

II) que en el numeral 12 de dicho Acuerdo se establece que "Toda enmienda
al presente Acuerdo se efectuará por consentimiento mutuo entre las partes
mediante la correspondiente carta de acuerdo suplementaria.".

III) que dentro del marco del citado Acuerdo se iniciaron gestiones entre
la Dirección de Cooperación Técnica de la Organización de Aviación Civil
Internacional y la DINACIA, para la adquisición de un nuevo Sistema de
Control de Tránsito Aéreo y Sistemas Asociados para instalar en el
Aeropuerto Internacional de Carrasco, Gral. Cesáreo L. Berisso, cuyo 
costo asciende a € 6.000.000,00 (euros seis millones con 00/100).

IV) que según lo informado por la DINACIA la adquisición del nuevo
Sistema de Control de Tránsito Aéreo tiene como objetivos: a) salvar las
dificultades actuales en el control de tránsito aéreo motivadas por la
interferencia que producen la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional
de Carrasco y la ingeniería vial conexa; b) asegurar el suministro de
información Radar al Centro de Control de Tránsito Aéreo por un plazo
mínimo de diez años; c) reducir los costos de mantenimiento mediante el
empleo de nueva tecnología; d) mejorar la calidad de la presentación
Radar en el Sistema de Control Aéreo y las comunicaciones vocales de 
rango extendido entre los controladores y aeronaves en vuelo; e) 
permitir la visualización de video meteorológico en las consolas de los 
controladores; f) dotar de medios tecnológicos más modernos para la 
gestión de recaudación de los sobrevuelos al territorio nacional; y g) 
migrar los servicios de Control Aéreo que brinda el Estado a la
tecnología digital (radar secundario Modo S y comunicaciones VoIP y 
procesamiento digital de las señales), logrando de este modo el 
fortalecimiento de la Seguridad Operacional en el espacio aéreo nacional.

V) que por el artículo 1ro de la Ley 18.622 de 9 de noviembre de 2009, 
se habilitó al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" a contraer con 
el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) un préstamo por un 
monto total de hasta el equivalente a € 6:000.000,00 (euros seis
millones con 00/100) con destino a la Unidad Ejecutora 041 "Dirección 
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica" para la compra 
de un nuevo Sistema de Control de Tránsito Aéreo compuesto de un nuevo 
radar, comunicaciones para el control de tránsito aéreo y sistemas 
asociados para el Aeropuerto Internacional de Carrasco.

VI) que por la Resolución de 30 de diciembre de 2009, el Banco de la
República Oriental del Uruguay (BROU) resolvió que se comunique al
Ministerio de Defensa Nacional, previo informe favorable del Ministerio 
de Economía y Finanzas respecto a las condiciones de la operación, la
concesión del financiamiento para la adquisición de un Sistema de Control
de Tránsito Aéreo.

VII) que por la Resolución de 21 de enero de 2010 adoptada en ejercicio
de sus atribuciones delegadas por el Ministerio de Economía y Finanzas,
se resolvió aprobar las condiciones presentadas por el Inciso 03 
"Ministerio de Defensa Nacional", Unidad Ejecutora 041 "Dirección 
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica", a efectos
de contraer un préstamo con el BROU por el equivalente en dólares 
a € 6:000.000,00 (euros seis millones con 00/100) pagaderos en 
dieciséis cuotas trimestrales en un plazo de cuarenta y ocho meses a 
partir de 30 días de la concesión del mismo, con ingresos por
colocaciones a la tasa vigente al momento de la operación más la prima 
con plazo. 

CONSIDERANDO: I) que es de aplicación en este caso lo dispuesto en el
literal E) del numeral 3) del artículo 33 del "TOCAF 1996" aprobado por 
el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997, el cual establece que podrá
contratarse directamente en el caso de adquisición de bienes que no se
produzcan o suministren en el país y que convenga efectuar por 
intermedio de Organismos internacionales a los que esté adherida la 
Nación.

II) que en sesión de fecha 10 de marzo de 2010, el Tribunal de 
Cuentas, acordó que cuando el Poder Ejecutivo disponga el gasto 
de € 6:000.000,00 en la forma propuesta, se tendrá por intervenido
el mismo, debiendo remitirse copia de la presente Resolución a ese 
Tribunal.

III) que resulta conveniente y necesaria la homologación de la 
ampliación del Acuerdo de referencia a los efectos de lograr el 
fortalecimiento de la Seguridad Operacional en el espacio aéreo 
nacional.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y por la
Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto 
por el literal E) del numeral 3) del artículo 33 del "TOCAF 1996"
aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Homológase la ampliación del Acuerdo de Gestión de Servicios celebrado
entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica (DINACIA) y la Organización de Aviación Civil Internacional
(OACI), con la finalidad de adquirir un nuevo Sistema de Control de
Tránsito Aéreo compuesto de un Radar, Comunicaciones para el control 
de tránsito aéreo y sistemas asociados para el Aeropuerto Internacional
de Carrasco, Gral. Cesáreo L. Berisso, por un monto de € 
6:000.000,00 (euros seis millones con 00/100) y a efectuar la 
transferencia a la OACI por el límite máximo del monto establecido, en 
los términos que lucen de fojas 174 a 201 del expediente administrativo 
del Ministerio de Defensa Nacional número 2008.04258-9.

2

 Establécese que dicha erogación se financiará con cargo al préstamo a
contraer con el Banco de la República Oriental del Uruguay, según lo
dispuesto en la Ley 18.622 de 9 de noviembre de 2009.

3

 Remítase copia de la presente Resolución al Tribunal de Cuentas.

4

 Comuníquese, publíquese y pase a la Directora General de Recursos
Financieros, a la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a
la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a
sus efectos. Cumplido, vuelva y oportunamente archívese.

JOSE MUJICA - LUIS ROSADILLA - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO
Ayuda