VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por el señor Adán
Neber Araújo Souza, para que se le autorice la transferencia de la
emisora FM 97.5 Punta del Este a LOMISOL S.A.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 823/998 de 9 de
octubre de 1998 se autorizó al señor Adán Neber Araújo Souza el uso de la
frecuencia 97.5 Mhz., Canal 248 para operar una estación en la localidad
de Punta del Este, departamento de Maldonado.-
II) que el único integrante de la sociedad LIMOSOL S.A. el señor Adán
Neber Araújo Souza, ha acreditado el cumplimiento de los requisitos
exigidos por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de
1978.-
CONSIDERANDO: I) que se ha efectuado el llamado público a acreedores
dispuesto por el Decreto 347/992 de 21 de julio de 1992.-
II) que se ha acreditado la constitución de la sociedad LOMISOL S.A. en
forma legal.-
III) que la Dirección Nacional de Comunicaciones informa que no existen
inconvenientes para que se acceda a lo solicitado.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo dispuesto por el Decreto-Ley 14.670 de
23 de junio de 1977, artículos 3ro. y 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de
noviembre de 1984, en la redacción dada por los artículos 8vo. y 9no. de
la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991 y por los Decretos 734/978 de 20
de diciembre de 1978 y 347/992 de 21 de julio de 1992.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de la titularidad de la frecuencia 97.5
Mhz., Canal 248 de Punta del Este, del departamento de Maldonado, a la
sociedad LOMISOL S.A., integrada por el señor Adán Neber Araújo Souza,
como único accionista.-