PROGRAMA DE REHABILITACION Y REINSERCION SOCIAL DE RECLUSOS. UNIDAD COORDINADORA DE POLITICA DE REHABILITACION




Promulgación: 18/06/2002
Publicación: 25/06/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 1152
VISTO: el decreto del 9 de mayo de 2002 por el cual se establece el 
ámbito en el cual funcionará el Centro Nacional de Rehabilitación.

RESULTANDO: I) Que el referido Centro fue creado por Decreto Nº 292/99 de 
17 de setiembre de 1999 con autonomía técnica y de gestión a los efectos 
de la rehabilitación y reinserción social de reclusos provenientes del 
Sistema Carcelario Nacional entre 18 y 29 años de edad.

II) Asimismo, se estableció que contará con la asistencia financiera y de 
gestión del Programa de Seguridad Ciudadana, hasta la asignación 
presupuestaria definitiva de los recursos necesarios para su 
funcionamiento.

III) Que a fin de fortalecer dicho Centro en cuanto al cumplimiento de 
sus cometidos se entendió necesario integrarlo en la órbita del 
Ministerio del Interior, en una Unidad dependiente directamente del Señor 
Ministro que se denominó Unidad Coordinadora de Política de 
Rehabilitación, tal como resulta del Decreto citado en el Visto.

CONSIDERANDO: Que a los efectos del debido cumplimiento de sus cometidos 
resulta necesario jerarquizar dicha Unidad, lo que le permitirá un 
correcto relacionamiento con el resto de las Unidades dependientes del 
Ministerio del Interior, asignándole análoga jerarquía y potestades.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 DECLARASE que la Unidad Coordinadora de Política de Rehabilitación 
tendrá jurisdicción nacional y las atribuciones del Gerente General de 
dicha Unidad serán equivalentes a las de los Directores Nacionales y 
Jefes de Policía, específicamente a los efectos del cumplimiento de sus 
cometidos, en materia de relacionamiento, presupuestal y disciplinaria.

2

 PUBLIQUESE, pase al Centro Nacional de Rehabilitación a sus efectos y 
posteriormente archívese.

BATLLE - DANIEL BORRELLI


Ayuda