Visto: la propuesta elevada por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
Considerando: que el señor Presidente de la República de Venezuela,
Doctor Rafael Caldera es una personalidad relevante que ocupa la más
alta investidura pública de su país y que ha desarrollado una tan
intensa como entusiasta labor para el acercamiento de los pueblos
uruguayo y venezolano;
Atento: lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley 16.300 de fecha 28 de
agosto de 1992 y sus correspondientes reglamentos;
El Presidente de la República
RESUELVE: