VISTO: la solicitud de la empresa ELINORD S.A., tendiente a que se
modifique la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de enero de 2009,
mediante la cual se amplía la Resolución del Poder Ejecutivo de 11 de mayo
de 2007, por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de
inversión;
RESULTANDO: la empresa solicita se modifique el ejercicio fiscal que se
establece en la Resolución ampliatoria de 26 de enero de 2009, por el
comprendido entre el 1°/01/07 y el 31/12/09, dado que al confeccionar la
mencionada Resolución no se tomó en cuenta que la empresa cambió su fecha
de balance.
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del 28
de marzo de 1974, en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998 y en el
Decreto 455/007 de 26 de noviembre de 2007;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Modifícase el inciso 1° del numeral 2° de la Resolución del Poder
Ejecutivo de 26 de enero de 2009, mediante la cual se amplía la Resolución
del Poder Ejecutivo de 11 de mayo de 2007, por la que se declaró promovida
la actividad del proyecto de inversión de la empresa ELINORD S.A. en el
sentido de cambiar el período allí establecido por el 1°/01/07 y el
31/12/09.
Modifícase el inciso 3° del numeral 2° de la Resolución del Poder
Ejecutivo de 26 de enero de 2009, mediante la cual se amplía la Resolución
del Poder Ejecutivo de 11 de mayo de 2007, por la que se declaró promovida
la actividad del proyecto de inversión de la empresa ELINORD S.A. en el
sentido de cambiar el plazo allí establecido por el 31/12/10.
Modifícase el numeral 3° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 26 de
enero de 2009, mediante la cual se amplía la Resolución del Poder
Ejecutivo de 11 de mayo de 2007, por la que se declaró promovida la
actividad del proyecto de inversión de la empresa ELINORD S.A. en el
sentido de cambiar el ejercicio allí establecido por el 1°/01/07 y el
31/12/07.
Comuníquese al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a la Dirección
Nacional de Aduanas, a la Dirección General Impositiva, notifíquese a la
empresa y remítase a la Comisión de Aplicación para su archivo.
TABARE VAZQUEZ - ROBERTO KREIMERMAN - ANDRES MASOLLER