AMPLIACION DE ZONA FRANCA. WTC FREE ZONE S.A




Promulgación: 28/12/2015
Publicación: 12/01/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de autorización promovida por la empresa WTC FREE ZONE S.A., para la ampliación de la zona franca otorgada oportunamente.

   RESULTANDO: I) que la empresa proyecta anexar al territorio franco, el predio lindero padrón No. 422.912 de su propiedad, donde construirá una torre a efectos de ampliar sus oficinas.

   II) que analizada la solicitud y los recaudos agregados, la Dirección General de Comercio y la Intendencia de Montevideo, efectuaron observaciones técnicas que versan sobre aspectos urbanos, impacto territorial y permiso de construcción, que no fueron subsanadas por la solicitante en su totalidad.

   III) que dada la premura de la gestionante en la aprobación del proyecto, dado que la Torre "1" ha alcanzado el límite de su capacidad, solicitó diferir el cumplimiento de determinadas observaciones efectuadas, a la etapa de aprobación del Proyecto Ejecutivo.

   CONSIDERANDO: I) que la Dirección General de Comercio entendió que nada impide desde el punto de vista normativo, diferir el cumplimiento de las observaciones a la etapa de aprobación del Proyecto Ejecutivo, aconsejando promover la autorización de ampliación solicitada.

   II) que en caso de incumplimiento del explotador se pondría en funcionamiento la potestad disciplinaria del Estado, consagrada en el artículo 42 de la Ley No. 15.521.

   III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas no opuso objeciones a la solicitud de autos.

   IV) que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que autorice la ampliación del territorio franco concedido, anexando al mismo el predio lindero, condicionando dicha autorización a que la solicitante de cumplimiento a la totalidad de los requerimientos necesarios para subsanar las observaciones técnicas efectuadas, en la etapa de aprobación del Proyecto Ejecutivo.

   ATENTO: a lo dispuesto por la Ley 15.921 de 17 de diciembre de 1987, por el Decreto 57/993 de 2 de febrero de 1993, a lo informado por la Dirección General de Comercio Area Zonas Francas y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorizar a la empresa WTC FREE ZONE S.A. la ampliación del territorio franco otorgado oportunamente, anexando al mismo el inmueble lindero empadronado con el No. 422.912, de propiedad de la explotadora.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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