AMPLIACION DE LA AUTORIZACION A RILCOMAR S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO. RESOLUCION ANP 519/3.839




Promulgación: 19/12/2016
Publicación: 26/12/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la empresa RILCOMAR S.A., ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando la ampliación de la habilitación correspondiente para la prestación de servicios portuarios en el Puerto de Montevideo.

   RESULTANDO: I) Que la citada empresa, se encuentra habilitada para prestar servicios en el Grupo "A la Mercadería" en la categoría "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en el Puerto de Montevideo.

   II) Que la Administración Nacional de Puertos controló la documentación aportada por la interesada en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para la ampliación de habilitación, no formulando observaciones al respecto.

   III) Que dicha Administración Nacional, por Resolución de su Directorio N° 519/3.839 de fecha 6 de setiembre de 2016 autorizó, supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo, la ampliación de habilitación a la referida firma para prestar servicios portuarios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías "Empresas Estibadoras de Contenedores", y "Empresas Estibadoras de Carga General" en el Puerto de Montevideo.

   IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indican que no existen obstáculos de índole jurídico para la ampliación de habilitación peticionada, por lo que procede dictar Resolución aprobando la gestión referida.

   CONSIDERANDO: los informes precedentes.

   ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 14 y 18 del Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992, así como en los artículos 9 y 16 de la Reglamentación de la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 412/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Resolución N° 519/3.839 de fecha 6 de setiembre de 2016 del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, por la cual se amplia la habilitación a la firma RILCOMAR S.A., para prestar servicios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías "Empresas Estibadoras de Contenedores", y "Empresas Estibadoras de Carga General" en el Puerto de Montevideo, con la consiguiente inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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