PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. DESPAR S.A.




Promulgación: 24/11/1999
Publicación: 01/12/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de DESPAR S.A. a fin de que se extienda el beneficio
de Seguro por Desempleo que abona el Banco de Previsión Social a 36
(treinta y seis) de sus trabajadores.

RESULTANDO: Que la Empresa ha enviado al Seguro por Desempleo a dichos
trabajadores, los que no pueden ser reintegrados a sus puestos de
trabajo, dada la reducción de la actividad y encontrarse en proceso de
concordato.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir instrumentando
las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho
personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Extiéndase por el plazo de 90 (noventa) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 36 (treinta y seis)
trabajadores de la firma DESPAR S.A., que se encuentren en condiciones
legales de acceder a la misma. 

2

 COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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