AUTORIZACION PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE MUSICA FUNCIONAL. 104.9 MHZ. METROPOLIS FM




Promulgación: 28/10/1997
Publicación: 20/11/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1306
        VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección
Nacional de Comunicaciones da cuenta de la petición formulada por el señor
Pablo Zalcberg Sitner, titular de la emisora 104.9 Mhz. "METROPOLIS FM",
de la localidad de La Paz, en el Departamento de Canelones, en el sentido
que se le autorice el uso de la subportadora de la emisora de referencia
para brindar servicios secundarios de Música Funcional.-

        RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 536/996
de 13 de junio de 1996, se autorizó al señor Pablo Zalcberg Sitner el uso
de la frecuencia 104.9 Mhz. para operar una estación en la localidad de La
Paz, en el Departamento de Canelones.-

        II) que el uso de las subportadoras para otros servicios diversos
al cual fuera destinada la frecuencia, resulta técnicamente factible y no
crea problemas en tanto no se modifique el ancho de banda asignado.-

        CONSIDERANDO: I) que se fundamenta dicho petitorio en el interés
de mejorar la explotación de la onda.-

        II) que la administración de un bien escaso y limitado, como lo es
el espectro radioeléctrico nacional, impone economizarlo, maximizando
beneficios y minimizando costos, por tal motivo las Administraciones deben
procurar, limitar el número de frecuencias y la extensión del espectro,
utilizando el mínimo indispensable para asegurar el funcionamiento
satisfactorio de los servicios necesarios y a tales efectos se deben
esforzar por aplicar los adelantos técnicos más recientes.-

        III) que la utilización de las subportadoras de la frecuencia
104.9 Mhz., para servicios ajenos a radiodifusión, no está comprendida en
la exoneración tarifaria del numeral 3ro. del artículo 1ro. del Decreto
255/992 de 9 de junio de 1992 y su modificativo Decreto 153/993 de 30 de
marzo de 1993.-

        IV) que la Dirección Nacional de Comunicaciones informó que no
existe inconveniente en que se autorice el uso de la subportadora de la
frecuencia principal 104.9 Mhz., de la emisora referida y afectarla a la
transmisión de Música Funcional.-

        ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el
artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la
redacción dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de
1991 y artículo 17mo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

Autorízase al señor Pablo Zalcberg Sitner, titular de la emisora
104.9 Mhz. "METROPOLIS FM", de la localidad de La Paz, del Departamento de
Canelones, el uso de la subportadora de la emisora referida, para brindar
el servicio secundario de Música Funcional.-
Referencias al numeral

2

Cométese a la Dirección Nacional de Comunicaciones la supervisión
del proyecto, facultándola a suspender su ejecución u operación en caso de
constatarse deterioro significativo de la transmisión principal, destinada
a radiodifusión o en caso de interferir algún otro servicio de
telecomunicaciones.-

3

Determínase que los créditos de la Dirección Nacional de
Comunicaciones por tasas y tarifas correspondientes a la utilización de la
subportadora de la frecuencia 104.9 Mhz., para servicios radioeléctricos
no exonerados, se devengarán desde la fecha en que se habiliten los
equipos complementarios que la emisora "METROPOLIS FM" instalará a tales
efectos.-

4

El cumplimiento de estas condiciones no supondrá cambio alguno en
su carácter de precario y revocable.-

5

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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