Exonérase en forma total a la empresa DIROX S.A. de todo recargo
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general todo tributo,
a excepción del Impuesto al Valor Agregado cuya aplicación corresponda
en ocasión de la importación del siguiente equipamiento previsto en el
proyecto y declarado "no competitivo de la industria nacional":
- Una (1) Planta llave en mano para la producción de:
- Vitamina K3
- Kavist
- Kavist plus
- Salcromo líquido
- Salcromo en polvo
- Tanino
(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 102/999 de 24/02/1999 numeral 4.