PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. COOPERATIVA URUGUAYA OBRERA DE PESCA C.U.O.P.




Promulgación: 28/09/1994
Publicación: 14/10/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: El planteo por la empresa COOPERATIVA URUGUAYA OBRERA DE PESCA
(C.U.O.P.), solicitando la extensión del Seguro por Desempleo de su
personal.

   Resultando: I) que la citada empresa se vio obligada a detener sus
actividades, debiendo enviar a su personal al Seguro por Desempleo.

   II) que factores coyunturales adversos, determinan que la empresa se
vea imposibilitada de reingresar en forma inmediata a sus trabajadores.

   Considerando: que resulta conveniente conceder la extensión del plazo
solicitado, a efectos de conservar la unidad productiva, la reactivación
de la empresa y especializado en esta rama de actividad.

   Atento:a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo
10 del Decreto-Ley Nº 15.180 del 20 de agosto de 1981.

   El Presidente de la República

                  RESUELVE:

1

   Amplíase por el plazo de 30 (treinta) días el amaparo de los beneficios
que otorga el Banco de Previsión Social por Seguro por Desempleo a los
trabajadores de la firma COOPERATIVA URUGUAYA OBRERA DE PESCA (C.U.O.P.)

2

   Comuníquese, notifíquese, etc.  

AGUIRRE RAMIREZ - RICARDO REILLY
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