CESION DE CUOTAS SOCIALES. TELEVISION PARA ABONADOS. COLONIA VISION TV S.R.L.




Promulgación: 01/12/1999
Publicación: 08/12/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1329
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones, da cuenta de la solicitud presentada por los señores
Elías Alberto Porras Larralde y Anselmo Roque Lalane permisionarios de la
sociedad "COLONIA VISION TV S.R.L.", para que se le autorice la cesión y
transferencia de la totalidad de sus cuotas sociales a favor de los
señores Juan Martín Echeguía Zusperreguy y Guillermo Federico Strauch
Garayalde.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 949/992 de 24 de
noviembre de 1992, se autorizó a la empresa "COLONIA VISION TV S.R.L.", a
suministrar el servicio de televisión para abonados, en la modalidad
"cable" en la ciudad de Nueva Palmira, departamento de Colonia.-

II) que la sociedad permisionaria, estaba integrada al momento de la
adjudicación por los señores Elías Alberto Porras Larralde y Anselmo
Roque Lalane.-

CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por los numerales 3) y 4) del artículo 3ro.
y por el numeral 2) del artículo 4to. ambos del Decreto-Ley 15.671 de 8
de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva dada por la Ley 16.211
de 1ro. de octubre de 1991.-

II) que los cesionarios señores Juan Martín Echeguía Zusperreguy y
Guillermo Federico Strauch Garayalde, han cumplido oportunamente, con los
requisitos y exigencias personales que establecen los Decretos 349/990 de
7 de agosto de 1990 y 125/993 de 12 de marzo de 1993.-

III) que se ha acreditado en obrados, el contrato de Cesión de Cuotas
Sociales de "Colonia Visión TV S.R.L.", dando cumplimiento así, a lo
dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990.-

IV) que ha transcurrido el plazo reglamentario de cinco años, que
establece el artículo 19 del Decreto 349/990 citado, para que se pueda
hacer modificaciones en la titularidad de las autorizaciones del servicio
de televisión para abonados.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977, artículos 3ro. y 4to. del Decreto-Ley
15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada por los artículos
8vo. y 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, Decretos 349/990
de 7 de agosto de 1990, 125/993 de 12 de marzo de 1993, 586/990 de 18 de
diciembre de 1990, 347/992 de 21 de julio de 1992 y a lo informado por la
Dirección Nacional de Comunicaciones.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la cesión y transferencia de la totalidad de sus cuotas
sociales pertenecientes a los señores Elías Alberto Porras Larralde y
Anselmo Roque Lalane, a favor de los señores Juan Martín Echeguía
Zusperreguy y Guillermo Federico Strauch Garayalde, de la sociedad
"COLONIA VISION TV S.R.L.", adjudicataria del servicio de televisión para
abonados, en la modalidad "cable", en la ciudad de Nueva Palmira,
Departamento de Colonia.-

2

 Determínase que "COLONIA VISION TV S.R.L.", quedará integrada por los
señores Juan Martín Echeguía Zusperreguy y Guillermo Federico Strauch
Garayalde.-

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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