FIJACION DEL REGIMEN DE TURNOS DE LAS FISCALIAS LETRADAS NACIONALES DE LO PENAL




Promulgación: 20/02/2008
Publicación: 07/03/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El Oficio de la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la
Nación No. 344/07 de 11 de octubre de 2007 que remite a esta Secretaría de
Estado la Resolución de dicha Fiscalía No. A/120/07, de 8 de octubre de
2007.

RESULTANDO: Por dicha Resolución se establecen los turnos de las Fiscalías
Letradas Nacionales de lo Penal correspondientes al año 2008, los que
deberán ser aprobados por el Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO: I) La aprobación de la fijación de los turnos de las
Fiscalías Letradas Nacionales ha sido delegada por el Poder Ejecutivo al
Ministro de Educación y Cultura por el literal a) de la Resolución del
Poder Ejecutivo No. 966/991 de 4 de diciembre de 1991.

II) Corresponde, pues, dictar el acto administrativo que disponga la
aprobación de las Planillas de Turnos de las Fiscalías Letradas Nacionales
de lo Penal correspondientes al año 2008.

ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en el literal a) del Numeral 1º
de la Resolución del Poder Ejecutivo No. 966/991 de 4 de diciembre de
1991, al amparo de lo dispuesto por el artículo 168 Numeral 24 de la
Constitución de la República.

                    EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 APRUEBASE lo actuado por la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de
la Nación por Resolución No. A/120/07, de 8 de octubre de 2007, 
comunicada por Oficio No. 344/07 de 11 de octubre de 2007, que dispuso la 
fijación del régimen de Turnos de las Fiscalías Letradas Nacionales de lo 
Penal, correspondientes al Ejercicio 2008.

JORGE BROVETTO
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