A los efectos del control y seguimiento, la empresa COMPAÑIA URUGUAYA DE
CEMENTO PORTLAND S.A. deberá documentar ante el Ministerio de Industria,
Energía y Minería anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en
marcha del proyecto, los volúmenes físicos y en valores monetarios
producidos y los vendidos, sin perjuicio de toda otra información que les
sea requerida.