Ver vigencia: Resolución Nº 741/008 de 22/09/2008 numeral 1.
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Determínase que en el caso que dicha emisora en la práctica produjera
interferencias perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya
instalados en la zona, deberá reducir de inmediato la potencia y adoptar
las medidas necesarias para su eliminación, dando cuenta a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones.-