DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. DON BOUTIQUE HOTEL




Promulgación: 14/07/2010
Publicación: 02/08/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 297

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 Los bienes que se incorporen con destino al equipamiento por un monto de
U$S 176.686 (dólares americanos ciento setenta y seis mil seiscientos
ochenta y seis) se podrán computar como activos exentos a efectos de la
liquidación del Impuesto al Patrimonio por el término de 5 años a partir
del ejercicio en el que se incorporó el bien. A los efectos del cálculo
del pasivo computable, los citados bienes serán considerados activos
gravados.
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