VISTO: la solicitud de la empresa ERSINAL S.A., referente a la faena de
bovinos y ovinos para generar variados productos cárnicos y derivados con
destino al mercado interno y la exportación, con la finalidad de obtener
la declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar
según su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la incorporación
de equipamiento con la finalidad de aumentar la cantidad de bovinos
faenados para poder acceder a los mercados en que mejor se valorizan los
productos de la industria frigorífica;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por ERSINAL S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por ERSINAL S.A., referente a la faena de bovinos y ovinos para generar
variados productos cárnicos y derivados con destino al mercado interno y
la exportación.