PRORROGA DE DERECHOS ANTI DUMPING. MERCOSUR




Promulgación: 14/10/2005
Publicación: 20/10/2005
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 989
Referencias a toda la norma

2

 Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, se aplicará lo
dispuesto por el artículo 127 del Decreto 142/996, de acuerdo con el cual
en caso de que se solicite, se procederá a una revisión sumaria a los
efectos de determinar el margen de dumping para aquellos productores que
no hayan exportado al Uruguay durante el período de investigación y
puedan demostrar no tener relación con los productores o exportadores
sujetos a derechos antidumping.-
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