AUTORIZACION PARA MODIFICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 1.280 KHZ. CW 160 RADIO TACUAREMBO. TACUAREMBO




Promulgación: 13/02/1996
Publicación: 01/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 435
  Visto: las presentes actuaciones por los cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la petición formulada por el señor Carlos
Arezo Posada adjudicatario de la emisora CW 160 "RADIO TACUAREMBO" en que
opera la frecuencia 1600 Khz en la ciudad de Tacuarembó, departamento de
Tacuarembó; por la cual solicita un cambio de frecuencia a fin de poder
aumentar la potencia de las emisiones.

  Resultando: que la referida emisora de la ciudad de Tacuarembó opera con
un régimen de potencia de 250W., en servicio diurno y nocturno.

  Considerando: I) que resulta beneficioso para nuestro país tener
difusoras con el máximo de potencia para la mejor defensa del espectro
radioeléctrico nacional.

II) que la Dirección Nacional de Comunicaciones informa que existe la
posibilidad de cambiar la actual frecuencia de la citada estación por
la de 1.280 Khz., con un régimen de potencia de 0,700 Kws. en servicio
diurno y 0,250 Kws. en servicio nocturno y distintivo de identificación
CW 64.

  Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones a lo establecido en el artículo 4to. de la Ley
15.671 de 8 de noviembre de 1984, y artículo 17 del Decreto 734/978 de 20
de diciembre de 1978.

                     El Presidente de la República,

                               RESUELVE:

1

   Autorízase al señor Carlos Arezo Posada, adjudicatario de la emisora CW
160 "RADIO TACUAREMBO" en que opera la frecuencia 1600 Khz. en la ciudad
de Tacuarembó, departamento de Tacuarembó, a cambiar dicha frecuencia,
pasando a operar en la frecuencia de 1.280 Khz, con un régimen de potencia
de 0,700 Kws. en servicio diurno y 0,250 Kws. en servicio nocturno,
distintivo de identificación CW 64, con una altura de antena de 90 grados
eléctricos, y demás condiciones técnico-administrativas que establezca la
Dirección Nacional de Comunicaciones, estableciéndose que esta
autorización está condicionada a la respuesta favorable a la coordinación
internacional que ya se está tramitando al respecto.
Referencias al numeral

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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