Autorízase a la empresa Acarin S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº 124/001 (exoneración
del Impuesto al Valor Agregado), a las importaciones de bienes destinados
al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente y forma parte de
la misma, por hasta un monto imponible de U$S 222.935 (dólares americanos
doscientos veintidós mil novecientos treinta y cinco). (*)
(*)Notas:
Ver:Texto/imagen (listado).
Ver en esta norma, numeral:4.