VISTO: la solicitud de la empresa MONTECON S.A., de obtener la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
RESULTANDO: que el proyecto presentado tiene como objetivo modernizar el
parque de máquinas de la empresa, además de dotar al puerto al Puerto de
Montevideo con maquinaria más eficiente que pueda encarar las exigencias
presentes y futuras en cuanto a tiempos y seguridad en el manipuleo,
control y servicios a los contenedores;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas,
decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios
establecidos en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por MONTECON S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
MONTECON S.A., tendiente a modernizar el parque de máquinas de la empresa,
además de dotar al puerto al Puerto de Montevideo con maquinaria más
eficiente que pueda encarar las exigencias presentes y futuras en cuanto a
tiempos y seguridad en el manipuleo, control y servicios a los
contenedores, por un monto de UI 69.587.048.