VISTO: la solicitud de la empresa KANAREK S.A. (COMPLEJO TURISTICO PARQUE
TERMAL KANAREK), tendiente a modificar el numeral 5º. de la resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 7 de abril de 1999, por el que se declaró de
Interés Nacional de acuerdo a lo establecido por el inciso 2º. del
artículo 1º. del Decreto No. 291/95, la actividad de su proyecto de
inversión;
RESULTANDO: la empresa solicita prórroga del plazo previsto en el numeral
5º. de la mencionada resolución, debido a motivos ajenos a la empresa que
retrasaron el cronograma original de inversiones del proyecto;
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12º. de la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto No. 291/95 del 2 de
agosto de 1995;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Modifícase el numeral 5º. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
7 de abril de 1999, por la que se declara de Interés Nacional la
actividad del proyecto de inversión de la empresa KANAREK S.A. (COMPLEJO
TURISTICO PARQUE TERMAL KANAREK), estableciéndose que el plazo es entre
el 1º de marzo de 2001 y el 30 de junio de 2003;
BATLLE - SERGIO ABREU - ALBERTO BENSION - ALFONSO VARELA