ADJUDICACION DE LA PRIMERA CONVOCATORIA PUBLICA PARA EL SUBSIDIO CON DESTINO A LA SUSTITUCION INICIAL DE OMNIBUS CON MOTOR DIESEL POR OMNIBUS CON MOTORIZACION ELECTRICA 0 KILOMETRO




Promulgación: 20/02/2020
Publicación: 28/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Los operadores seleccionados deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
   a) presentar documentación que demuestre el acceso a financiamiento  
      para la adquisición de las unidades previo a la firma del convenio.
   b) brindar información a la comisión asesora en forma semestral, a 
      partir de los seis meses siguientes al primer pago, respecto a los 
      kilómetros recorridos, consumo de energía eléctrica, estado de 
      batería;
   c) brindar información a la comisión en forma anual respecto a la 
      calidad del servicio: mejoras en materia de género y equidad social 
      mediante puntualidad en el horario establecido; velocidad comercial; 
      cantidad de pasajes vendidos; personal empleado identificando 
      función y sexo; percepción de los pasajeros respecto a la calidad de 
      servicios; informar sobre capacitación al personal técnico en 
      temáticas de mantenimiento, gestión de carga, operación de las 
      unidades
   d) deberán incluir cartelería exterior e interior donde a los efectos 
      de dar visibilidad al presente instrumento del subsidio previo al 
      primer pago de subsidio.
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