VISTO: la solicitud de la empresa TECHINT COMPAÑÍA TÉCNICA INTERNACIONAL
S.A.C.I, con número de RUT 210003370011, tendiente a que se amplíe la
Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de setiembre de 2008, por la
que se declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo la
adquisición de maquinaria y equipos para la construcción de obras,
complementándose con la incorporación de equipos informáticos para
optimizar procesos internos de la empresa;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, de acuerdo a lo establecido en el
art. 10° del Decreto N° 455/007, de 27 noviembre de 2007, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentado por TECHINT COMPAÑÍA TÉCNICA
INTERNACIONAL S.A.C.I. da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No.
16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de setiembre de
2008, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa TECHINT COMPAÑÍA TÉCNICA INTERNACIONAL S.A.C.I,
tendiente a la adquisición de maquinaria y equipos para la construcción de
obras, complementándose con la incorporación de equipos informáticos para
optimizar procesos internos de la empresa, por un monto de UI 10.161.406.
JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN